Quién puede cobrarla
La prestación se reconoce por nacimiento o adopción cuando el hijo nace o la adopción se constituye en una familia numerosa —o que pase a serlo con ese nacimiento—, en una familia monoparental o cuando la madre o el padre tenga una discapacidad igual o superior al 65 %. El acogimiento familiar no genera esta prestación.
Límites de ingresos en 2026
Para un hijo a cargo, el límite mínimo publicado por la Seguridad Social es de 15.356 € anuales y la cuantía íntegra es de 1.000 €. El límite aumenta según el número de hijos. Cuando los ingresos superan el límite mínimo pero quedan por debajo del máximo aplicable, puede reconocerse una cantidad reducida por diferencia.
Ejemplos de límite mínimo 2026: 1 hijo, 15.356 €; 2 hijos, 17.659,40 €; 3 hijos, 19.962,80 €; 4 hijos, 22.266,20 €. Para más hijos se incrementa en 2.303,40 € por cada hijo adicional.
Cómo se solicita
Puede tramitarse por la Sede Electrónica de la Seguridad Social con identificación electrónica, mediante la plataforma de Solicitud y Trámites de Prestaciones si no tienes certificado, por correo ordinario o presencialmente en un CAISS.
Documentación habitual
Debes aportar el modelo de solicitud y la documentación necesaria para acreditar identidad, nacimiento o adopción y la circunstancia que da derecho a la prestación: familia numerosa, monoparentalidad o discapacidad, además de la información económica que solicite el INSS.